Artículo 7 CE

Constitución Española · redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 1978

Artículo 7

Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Fuente: texto consolidado del Boletín Oficial del Estado, actualizado el 29 de diciembre de 1978. Consultar en el BOE.