Artículo 19 CE

Constitución Española · redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 1978

Artículo 19

Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.

Fuente: texto consolidado del Boletín Oficial del Estado, actualizado el 29 de diciembre de 1978. Consultar en el BOE.