Artículo 83 LCSP — Comprobación de los elementos de la clasificación

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público · redacción en vigor desde el 9 de marzo de 2018

Artículo 83. Comprobación de los elementos de la clasificación.

Los órganos competentes en materia de clasificación podrán solicitar en cualquier momento de las empresas clasificadas o pendientes de clasificación los documentos que estimen necesarios para comprobar las declaraciones y hechos manifestados por las mismas en los expedientes que tramiten, así como pedir informe a cualquier órgano de las Administraciones Públicas sobre estos extremos.

Fuente: texto consolidado del Boletín Oficial del Estado, actualizado el 9 de noviembre de 2017. Consultar en el BOE.